La CMF publicó este 08 de enero la Norma de Carácter General N° 501 (“NCG 501”) que establece (1) las menciones mínimas que deberán contener las políticas de operaciones habituales y (2) regula la difusión pública de las operaciones con partes relacionadas, la cual aplica a las sociedades anónimas abiertas y sociedades anónimas especiales.
Contenido mínimo: las políticas de operaciones habituales deberán incluir como mínimo las siguientes materias:
a. Fecha de aprobación de la política por el directorio y fecha de su última modificación;
b. Justificación de la necesidad de contar con la política;
c. Características y condiciones que deben cumplir las operaciones: contrapartes, monto máximo, carácter ordinaria de la operación en consideración al giro social y otras restricciones;
d. Mecanismos de control;
e. Encargado de cumplimiento; y
f. Mecanismos de divulgación.
Obligación de reporte: deberán elaborar un reporte semestral de todas las operaciones hechas con partes relacionadas (independiente que se hayan o no realizado al amparo de la política de habitualidad) y difundirlo en su página web dentro del mes siguiente al semestre que reportan.
El contenido de este reporte deberá ajustarse al contenido específico indicado en el anexo de la NCG 501 e incluir la información señalada en la referida normativa.
Vigencia: comenzará a regir a contar del 1 de septiembre de 2024.
Es importante destacar que las políticas vigentes deberán ser adecuadas por las entidades, aprobadas por los respectivos directorios y puestas a disposición del público a más tardar el 30 de agosto de 2024.